Circular 11/2012. Acuerdo del Pleno
de 14-12-2012 en materia de cuotas
obligatorias por expedición de certificados
de garantía y valor facial de los mismos
El valor facial de las contraetiquetas y precintas de garantía, que expide el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja en calidad de certificación de los extremos que dichos testigos acreditan respecto de los vinos amparados, se ha actualizado a tenor del último incremento del tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido, habiéndose procedido a fijar los nuevos precios que a continuación se detallan. Por otra parte y dado el tenor de lo previsto en el artículo 43 del Reglamento de la Denominación y de su Consejo Regulador, procede la actualización concordante de las cuotas obligatorias que derivan de la expedición de estos certificados.
Así, el Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja, reunido en sesión de 14 de diciembre de 2.012, tomó razón del siguiente acuerdo sobre la materia:
• Se traslada que a partir del 1 de enero de 2013 tendrá vigencia un nuevo valor para los documentos de garantía de 2,118 euros por millar para el papel-cola y de 7,865 euros por millar para el adhesivo. Así mismo se traslada que la cuota obligatoria por expedición será de 2,118 euros por millar de documentos.
Lo que procede difundir para general conocimiento y a los efectos oportunos.
Logroño, 20 de diciembre de 2012.
EL PRESIDENTE,
Víctor Pascual Artacho