Circular 7/2009 - Consejo Regulador DOCa Rioja - Riojawine
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Circular 7/2009. Acuerdo del Pleno
de 6-2-2009 y 3-4-2009 en materia de
potenciación de variedades y vinos blancos

Considerando que la potenciación de vinos blancos de Rioja es una oportunidad estratégica a la que la Denominación de Origen Calificada Rioja no puede renunciar y que en base a ello se aprobó unánimemente la incorporación de nuevas variedades blancas al objeto de mejorar las actuales variedades de que disponemos, el Pleno del Consejo Regulador de la DOCa Rioja, reunido en sesión extraordinaria de fecha 6 de febrero de 2.009 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo en la materia:
1. Garantizar un sistema de control de las contraetiquetas destinadas a la comercialización de los vinos procedentes de las variedades blancas, proponiéndose como sistema el control de la numeración de las mismas igual al de los envases mágnum, en la medida que desde los Servicios Técnicos y de Inspección se ha constatado su idoneidad.

Así mismo en sesión plenaria de fecha 3 de abril de 2.009 el Pleno del Consejo Regulador de la DOCa Rioja adoptó el siguiente acuerdo fijando la fecha de efectividad de la precitada obligación:

  • “Se acuerda que la obligación de indicar en los movimientos de etiquetado la serie y numeración de los documentos de garantía utilizados en vinos blancos sea efectiva a partir del 1 de enero de 2.011”.

Lo que procede difundir para general conocimiento y a los efectos oportunos.

Logroño, 6 de abril de 2009.

EL PRESIDENTE,

Víctor F. Pascual Artacho